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Exención del impuesto sobre la renta

La exención del Impuesto sobre la Renta es un derecho garantizado a los jubilados, pensionados o jubilados que padecen enfermedades graves, de conformidad con el artículo 6, inciso XIV, de la Ley 7.713/88. Este beneficio cubre a quienes cuyos ingresos resultan de un accidente de servicio o que padecen enfermedades graves, incluso si son diagnosticadas después de la jubilación.

¿Quién tiene derecho?

Jubilados, pensionados o en retiro: Personas físicas que se encuentren en estas categorías y sean diagnosticadas con alguna de las enfermedades enumeradas en la legislación. Personas con Alzheimer y Retraso Mental Severo: Si bien el Alzheimer y el retraso mental severo no están mencionados explícitamente en la ley, decisiones judiciales han reconocido el derecho a la exención del impuesto a la renta, por ser formas de enajenación mental y, dado el severo impacto que tienen estas enfermedades. en la vida de los afectados. ​​ Enfermedades expresadas en la Ley nº 7.713/88: SIDA (Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida) Alienación mental Enfermedad cardíaca grave Ceguera (incluido monocular) Contaminación por radiación Enfermedad de Paget en estadios avanzados (Osteítis deformante) enfermedad de parkinson Esclerosis múltiple Espondiloartrosis anquilosante Fibrosis quística (mucoviscidosis) Lepra Nefropatía severa Enfermedad hepática grave Neoplasia maligna Parálisis irreversible e incapacitante Tuberculosis activa ​​ ¿Cómo funciona el proceso? Asistencia para obtener los documentos necesarios, como informes médicos, y presentar la solicitud ante la Hacienda Federal y/o los institutos estatales de pensiones, o incluso ante los tribunales. También supervisamos el proceso para garantizar que se respeten sus derechos y que la exención se otorgue de forma rápida y eficiente. Con análisis de recuperación de cantidades pagadas indebidamente en los últimos 5 (cinco) años. ​ Póngase en contacto para garantizar su exención de impuestos y recuperar sus derechos de manera justa y eficiente.

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